A- de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Trujillo Rosas Gerardo·Demandado Cofinam
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término para interponerla
- No trámite de impugnación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo de la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Florencia (Caquetá) respecto de la acción de tutela de la referencia porque se omitió una instancia al no tramitarse la impugnación presentada en término.
En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al citado despacho judicial para que realice el trámite a la impugnación, en los términos del Art. 32 del Decreto 2591 de 1991.
Surtida la segunda instancia, se ordena remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de efectuar la revisión de fondo de la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Florencia (Caquetá) respecto de la acción de tutela objeto del presente auto, por pretermisión de una instancia al no tramitarse la impugnación presentada en término.
- Segundo. REMITIR por Secretaría General de esta Corporación, el expediente al Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Florencia para que dé trámite a la impugnación, en los términos del artículo 32 del decreto 2591 de 1991
- Tercero. DECRÉTASE la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad al fallo proferido por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Florencia (Caquetá).
- Cuarto. Surtida la segunda instancia, remítase el presente expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, tal como lo ordena el decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.